Nil Ojeda, en otro de sus vídeos de retos virales
Nil Ojeda, en otro de sus vídeos de retos virales / Nil Ojeda

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¿Puede perder Nil Ojeda su canal de YouTube por la denuncia de Alicante?

El youtuber hizo un reto viral por varias ciudades de España para encontrar sus latas de ropa de Milfshakes y en Alicante hubo varios problemas con el reto, ya que la gente simuló ahogarse para lograrlo. ¿Hay riesgo para Nil Ojeda y su canal?

Hace algo más de un mes, Nil Ojeda lanzó un nuevo reto en sus canales principales relacionado con Milfshakes, su marca que comercializa principalmente camisetas y ropa urbana en general, así como otros productos especiales que son temporales.

En este vídeo, Nil Ojeda escondía varias latas en las que había ropa dentro, y lo hizo por varias ciudades de España. En algunas localidades hubo problemas con peleas y disputas por las latas, pero en Alicante surgió un problema que le persigue todavía.

En la ciudad valenciana el reto era simular ahogarse fuera del agua para que un socorrista falso que estaba vigilando te diese la lata si cumplías el reto. El problema es que muchas personas no entendieron el desafío, y simulaban ahogarse en el agua.

Esto supuso un problemón para las playas de Alicante, pues se generó una situación tensa en la que muchas personas se preocuparon por la gente que parecía que se ahogaba, y al ayuntamiento de Alicante no le ha sentado nada bien este desafío.

Por eso mismo, Nil Ojeda se enfrenta a una denuncia del ayuntamiento alicantino, que pedirá que cierren su canal de YouTube a través de una sanción por los daños que pudo causar en el entorno de la ciudad.

¿Puede Nil Ojeda perder su canal de YouTube?

A día de hoy, Nil Ojeda ha borrado todo el contenido relacionado con este reto, tanto de YouTube como de Instagram, TikTok o Twitter, quizá para mostrar arrepentimiento o para asegurarse una herramienta legal de que ya no existe el contenido.

En España no hay antecedentes de que un youtuber haya sufrido un cierre de canal por un acto así. Lo más parecido fue el famoso caso del youtuber Mr Granbomba y el 'caranchoa' que tan viral se hizo en su día.

Nil Ojeda y Mr Beast: víctimas de estafa por uso de su imagen de manera ilegal
Nil Ojeda con MrBeast / Nil Ojeda

En ese caso, hubo juicio y una condena al youtuber por valor de 20.000€ para indemnizar al trabajador que agredió, pero dista bastante del caso de Nil Ojeda pues este no buscaba agredir a nadie ni crear el mal, solo que se malinterpretó su reto.

Emilio Hurtado, abogado especializado en esports, influencers y entretenimiento, nos ha explicado qué le podría ocurrir a Nil Ojeda por las distintas vías que la justicia puede aplicar para llevar este caso, y son los siguientes:

Por via penal:

Por las acciones de simulación de ahogamiento, este puede ser constitutivo de un delito tipificado en el artículo 561 del Código Penal, correspondiente a los delitos de desordenes públicos, y cuyo texto expositivo reza: “Quien afirme falsamente o simule una situación de peligro para la comunidad o la producción de un siniestro a consecuencia del cual es necesario prestar auxilio a otro, y con ello provoque la movilización de los servicios de policía, asistencia o salvamento, será castigado con la pena de prisión de tres meses y un día a un año o multa de tres a dieciocho meses”.

Por vía administrativa autonómica y municipal:

Por vulneración de la Ley 14/2010 de Espectáculos Públicos de la Comunitat Valenciana, al organizar un evento que compromete la seguridad pública sin las debidas autorizaciones, así como la ordenanza de convivencia cívica de Alicante (esto es a nivel municipal), que regula la libre circulación y prohíbe actividades que pongan en peligro la seguridad en espacios públicos.

Por vulneración de la Ley de influencers:

Si sus acciones fueran constitutivas de delito, y Nil Ojeda se encontrara al amparo de la Ley 13/2022, en referencia con el Real Decreto 444/2024 (también llamada Ley de Influencers), lo que esta prohibido en comunicaciones audiovisuales, siendo uno de los principios generales de la propia ley, el respeto a la dignidad humana (artículo 4), en el presente caso, y si se probará que sus acciones son constitutivas de una infracción muy grave (art. 157), llevaran aparejada una sanción económica (160), cuyo alcance estará delimitado por la gravedad de la acción; y, accesoriamente, se podría solicitar el cese de las emisiones a discreción del organismo jurisdiccional competente.

Concluye que existe un peligro de que le puedan cerrar el canal, pero todavía no existe jurisprudencia sobre casos como este, por lo que podría eximirse de cualquier cargo al ser algo relativamente nuevo.

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